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REFLEXIONES SOBRE LA AUTONOMIA
MUNICIPAL |
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Cuando hablamos de
Autonomía Municipal, estamos imaginando un nuevo Municipio. Estamos hablando de una
nueva organización administrativa municipal, una reformulación de sus
recursos y su gestión de recaudación, y las nuevas funciones estatales a
asumir. La autonomía consiste
básica y rápidamente en darle determinadas funciones que tienen relación
directa con la materia municipal. Sin lugar a dudas, lo
que le estamos dando al Municipio, es poder. El Municipio deberá
dictar su Carta Municipal, donde los vecinos podrán establecer su forma de
gobierno, sus órganos, el sistema de representación, el sistema de control,
la descentralización, el presupuesto participativo, entre otras cosas. La autonomía política es
el derecho de los vecinos de elegir sus propias autoridades. La autonomía económica
es la posibilidad de establecer tributos y poder exigir su cumplimiento. La autonomía
administrativa apunta a lograr la plena eficiencia y eficacia en la gestión
del gobierno local. Debe lograrse un
equilibrio con el nivel provincial. Para esto, la
Constitución Provincial debe establecer entonces precisiones y parámetros
para poder realizar el proceso autonómico. Así, estamos hablando de
un nuevo sistema de colaboración y relacionamiento, en el que las normas
locales, provinciales, y nacionales no deben entrar en colisión, antes más
bien complementarse, conforme lo establece el Art. 28 de la Constitución
Nacional, “encontrando en éste los límites de legitimidad y legalidad. Debe
primar un criterio de razonabilidad y racionalidad para individualizar los
límites políticos, administrativos, económicos y financieros de las
autonomías de los municipios” (A. Spota – La Ley
28/08/2001). El gobierno provincial
puede creer que con este nuevo sistema pierde poder, cuando la realidad es
que con buenos y mejores municipios se logran mejores provincias. La autonomía municipal,
además, resignifica y actualiza la legitimación de
la representación, por sus nuevos y necesarios canales participativos. Exige
por ende el nacimiento de una nueva concepción de la dirigencia. Sin lugar a ninguna
duda, el cambio debe empezar desde abajo. Desde Municipios y Comunas. Se debe
iniciar en profundo debate donde se involucren todos los temas y todos los
actores. Nuestra Constitución
Provincial considera a los Municipios autárquicos, cuando desde 1994 la
Constitución Nacional ha mandado establecer su Autonomía. Tenemos que tener
claramente conceptuado que la organización política actual es del siglo
pasado, y tenemos que estar diseñando y poniendo en marcha el Municipio del
siglo XXI. La Carta de la Autonomía
Municipal Iberoamericana, sancionada por la Organización Iberoamericana de |
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